En esta entrada os explicamos a modo de resumen las diferencias entre la separación y el divorcio, sus ventajas e inconvenientes.
En primer lugar, la separación de hecho implica el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges. Para que esta separación tenga efectos legales y por tanto, sea efectiva frente a terceros, es necesario que sea declarada mediante una sentencia judicial.
Para saber por cuál de ellas optar, deben tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:
A) EFECTOS: A diferencia de la separación, el divorcio disuelve por completo el vínculo matrimonial mediante sentencia judicial, produciendo efectos frente a terceros desde que se dicta sentencia. De este modo, el divorcio ofrece la posibilidad de que los que eran cónyuges vuelvan a contraer matrimonio entre sí (lo que rara vez sucede) o con otras personas, lo que no ocurre con la separación legal.
B) PLAZO: La tramitación del divorcio de mutuo acuerdo suele resolverse 1 mes, mientras que el contencioso suele demorarse unos 6 meses.
C) COSTES: El divorcio de mutuo acuerdo es un procedimiento más rápido, sencillo y económico de obtener el divorcio. Basta con la presentación de la demanda y el convenio regulador (donde se detallan las medidas de guarda y custodia de los hijos, visitas, pensiones, uso del domicilio familia, etc.)firmado por los cónyuges, para posteriormente ratificarlo en el Juzgado de Familia. Sin duda, este procedimiento supone un abaratamiento de costes dado que ambos cónyuges pueden ser representados por un mismo procurador y defendidos por un mismo abogado (si bien, se permite que cada uno pueda ir acompañado por su propio abogado).
Por su parte, el divorcio contencioso es más largo, complicado y costoso. Esto es así porque es necesario que se celebre una vista judicial donde cada parte debe acudir con su abogado y procurador, quedando a su cargo los costes del procedimiento hasta que se obtenga sentencia.
D) CONTENIDO: En el divorcio de mutuo acuerdo los cónyuges pueden fijar los términos del divorcio de manera libre (la guarda y custodia, la cuantía de la pensión de alimentos, compensatoria, régimen de visitas etc,) y en el contencioso quien decide todo es el juez en base a lo que piden las partes.
E)INFORMES: En el divorcio de mutuo acuerdo, el Fiscal revisa lo propuesto por las partes, pero no hay informe psicosocial, y en el contencioso sí que hay informe para el menor y los padres.
F) LIQUIDACIÓN DE BIENES: En el divorcio de mutuo acuerdo se pueden acordar el divorcio y el reparto de los bienes en un mismo documento, mientras que en el contencioso no, por lo que debe haber dos juicios y en consecuencia el procedimiento es más caro para las partes.
¿Tiene más dudas acerca del divorcio y la separación? No dude en contactarnos.
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